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La hipoteca COINC no te cobra comisiones de apertura ni de subrogación, tampoco compensación por desestimiento parcial o total.
La hipoteca COINC no te obliga a contratar otros productos adicionales para mejorar el precio.
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2,14% TAE Variable. Primer año 1,89% TIN. Resto de años Euribor+0,99% revisión anual. Con un mínimo de 3 y un máximo de 30 años.
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Sin papeleos ni desplazamientos hasta la firma
Documento informativo con un resumen de las medidas de protección
del deudor hipotecario reguladas en Real Decreto Ley 6/2012, de 9
de marzo (Código de buenas prácticas).
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/98 de 13 de Abril de 1998
tienen carácter de Condiciones Generales de Contratación,
las cláusulas contractuales contenidas en el documento adjunto.
Para hipotecas firmadas en dicha Comunidad.
Oferta válida hasta alcanzar el importe ofertado de 25 millones de euros.
(1) HIPOTECA FIJA A 20 AÑOS
Oferta válida para nuevos clientes. Hipoteca válida para residentes en España y sólo para nuevas hipotecas
que no necesiten avalistas ni otras garantías.
A continuación, se recoge un ejemplo representativo de cálculo de TAE para un préstamo
hipotecario ofrecido por Bankinter SA, en base a las características que se indican a continuación:
Importe del préstamo: 150.000€. Plazo del préstamo: 20 años ( 240 cuotas mensuales). TAE: 1,61%. Cuota
mensual los 20 años: 713,52€, y una última cuota de 712,59€ Comisión de Apertura: 0€. Total intereses: 21.243,87€. Tipo de interés: 1,35%. ( 240 meses). Cuotas mensuales. Importe total adeudado 175.233,03€.
En el cálculo de esta TAE se han tenido en cuenta:
-Contratación del seguro de daños sobre el inmueble hipotecado, al que obliga la ley y que se podrá contratar
con Bankinter o con otra entidad, por importe de 100.000 euros de continente, con una prima anual estimada
de 186,98€. Seguro anual renovable.
-Gastos de tasación: 249,56€.
Las cuotas mensuales resultantes (sistema de amortización francés) son el resultado del cociente de
(1 + interés) elevado al número de cuotas pendientes de la operación multiplicado por el interés, entre
(1 + el interés) elevado al número de cuotas pendientes de la operación, menos 1, todo ello multiplicado
por el capital pendiente de amortizar (entendiéndose como “interés” el TIN ofertado dividido entre 12).
La cuota obtenida incluye el importe correspondiente a los intereses (resultado de dividir el tipo de
interés entre 12, multiplicado por el capital pendiente) y a la amortización (resultado de restar a la
cuota los intereses).
En el cálculo de la TAE se han tenido en cuenta los siguientes supuestos:
-El cálculo de la TAE se ha realizado partiendo del supuesto de que el contrato de préstamo estará vigente durante el período de tiempo acordado y que el prestamista y el prestatario cumplirán sus obligaciones en las condiciones y en los plazos que se hayan acordado en el contrato de préstamo.
-En los contratos de préstamo que contengan cláusulas que permitan modificaciones
del tipo deudor y, en su caso, de los gastos incluidos en la TAE que no sean cuantificables en el momento del
cálculo, la TAE se calcularán partiendo del supuesto de que el tipo deudor y los demás gastos se mantendrán sin
cambios con respecto al nivel fijado en el momento de la celebración del contrato.
-Esta TAE podrá variar en función del importe y el plazo de la operación.
Esta TAE se han calculado bajo la hipótesis de que no se produce ninguna cancelación, ni parcial ni total,
a lo largo de toda la duración del préstamo. La TAE, no incluyen los gastos que el cliente/prestatario
tendría que pagar por el incumplimiento de alguna de sus obligaciones con arreglo al contrato.
La concesión de la hipoteca está sujeta a la aprobación de la solicitud por parte de Bankinter, S.A.
En caso de que el Cliente incumpliera sus obligaciones frente al Banco, además de poder perder la vivienda,
la responsabilidad de éste y del resto de intervinientes de la operación, se extenderá a todos sus bienes presentes y futuros.
Oferta válida hasta el 15 de febrero de 2021 o hasta alcanzar el importe ofertado (25 millones de €).
Hipoteca a tipo Fijo a 20 años: El importe del préstamo no podrá ser superior al 80% del menor de los dos valores:
valor de compra o valor de tasación de la vivienda, y hasta el 60% en segunda vivienda. Duración máxima de la hipoteca 20 años.